Francisco Aguirre Leo

El proyecto de ley corta actualmente en trámite, está siendo analizado por los legisladores en una situación de precrisis del sector eléctrico chileno, condición que provocan los actores del sector que se sienten perjudicados por la modificación anterior de la ley, llamada simplemente 99bis, y reconocidamente mal legislada en época de crisis durante la sequía de 1999. Me refiero particularmente a una suerte de “huelga legal de inversión y de contratos” de los productores y de los transportistas de electricidad, que provoca hoy efectos evidentes y otros aún no evidenciados.

En efecto, en un sistema eléctrico como el SIC, Sistema Central de nuestro país, aún tasas de crecimiento históricamente tan bajas como las actuales exigen inversiones mínimas, equivalentes a instalaciones en plantas generadoras por unos 180 Mw anuales, cifra que en épocas normales debiese duplicarse, es decir se requeriría instalar cada año una central de ciclo combinado a gas natural como las ya instaladas en 1996. Todo ello, necesariamente acompañadas de ampliaciones en los grandes sistemas de transporte de la electricidad desde y hacia centros generadores y consumidores. Ambas condiciones hoy no se cumplen, lo que implica que estamos entrando en un período de precariedad de la oferta de electricidad y de su transporte.

Los principales afectados NO son las empresas eléctricas pues SERAN los consumidores, cuyos costos de racionamiento a nivel de industria y minería se multiplican muchas veces respecto de los costos de inversión en generación y transporte necesarios para eliminar el fantasma, pero cuyas herramientas de cogeneración o de inversión de emergencia parece tampoco dará el cambio de ley.

Si alguien piensa que en la ley vigente existe alguna obligación de inversión que impida desabastecer el consumo creciente, le preciso de inmediato que la actual normativa no califica de servicio público ni a la transmisión ni a la generación de electricidad, lo que se traduce en que la necesaria y urgente respectiva inversión resulta exclusivamente de incentivos solemnizados en contratos, cuya celebración y términos son de libre decisión de las empresas proveedoras, hoy unas pocas multinacionales que, para colmo, tratan de flotar en la turbulencia financiera mundial actual.

El tercer segmento del negocio, la distribución, está en un incómodo sándwich, que por un lado aprieta por la demanda creciente de sus clientes y por el otro los contratos de suministro que los generadores no desean renovar. Y en lo que toca a los grandes clientes industriales, dificultosamente están tratando de negociar contratos libres pero a veces incautamente o en condiciones desfavorables a sabiendas que los cambios de ley implicarán todos alzas de precios.

Así las cosas, los reguladores y legisladores tienen una dura tarea en un mercado que nuevamente no está en una condición normal y sobre el que parece cernirse crecientes probabilidades de racionamiento futuro en la medida que se den condiciones desfavorables como la sequía y una recuperación de la demanda, paradójicamente representada por una mejora económica del país. A estas alturas hay quien se preguntará si hay que llamar a la Melania y por ello estimo prudente mejor sugerir a los consumidores que revisen cuidadosamente sus contratos actuales y de pasada señalar que se hecha de menos una indicación a la Ley Corta que diga relación con la forma en la que los consumidores pueden sacarse el “Poncho” en forma autónoma y anticipada. Esto tiene relación con complementar la Ley con normativas asociadas a Cogeneración, hasta ahora ausente del vocabulario legal, modalidad de abastecimiento eléctrico cuya inclusión normativa ayudaría a los consumidores industriales hacer realidad la hipótesis que sustenta las normativas basadas en eficiencia de los mercados, que es la de tener alternativas de abastecimiento, que hoy el mercado no otorga, menos aún cuando la figura del Comercializador, así como la de incorporación de máquinas generadoras de emergencia, han quedado fuera del análisis de los legisladores, configurando un mercado de pocos oferentes que quedará en una nueva ley que tendrá ganadores y perdedores. Entre los primeros pareciera seguro estarán los transportistas y entre los últimos los consumidores, que sobrellevarán los costos del cambio directa o indirectamente y cuya voz y opinión no ha tenido mayor presencia hasta la fecha.